Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 15 de julio del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AGUAGUAY.
Expediente: M-4340829
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Marca
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que carezcan de carácter distintivo.En concreto, el signo solicitado carece de carácter distintivo, toda vez que la denominación "AGUAGUAY", no permite al público consumidor identificar un concreto origen empresarial, ni la diferenciación en el mercado de los productos y servicios para los que se solicita, no estando dotado de una singularidad suficiente para acceder al registro. 02) La marca solicitada se halla incursa, para las clases solicitadas, en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos descriptivos, es decir, aquellos que se compongan exclusivamente de signos o indicaciones que puedan servir en el comercio para designar la especie, la calidad, la cantidad, el destino, el valor, la procedencia geográfica o la época de obtención del producto o de la prestación del servicio u otras características de los productos o servicios.En concreto, el signo solicitado está compuesto exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la calidad de los productos para los que se solicita la presente marca
Identificado de publicación: 9337565
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4340829
Fecha de resolución: 08/07/2026
Clases: 32