Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo AGRO ROYAL SPAIN, bajo la titularidad de AGRO ROYAL SL.
Expediente: M-4281485
Tipo Marca: Figurativa
Tipo Modalidad: Marca
Titular: AGRO ROYAL SL
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) La marca solicitada se halla incursa, para los productos "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar" de la clase 31, en la prohibición del art. 5.1.k) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). Este artículo establece que no podrán registrarse como marca los signos que consistan en, o reproduzcan en sus elementos esenciales, la denominación de una obtención vegetal anterior, registrada conforme a la legislación de la Unión o al Derecho nacional, o alos acuerdos internacionales en los que sea parte la Unión o España, que establezcan la protección de las obtenciones vegetales, y que se refieran a obtenciones vegetales de la misma especie o estrechamente conexas.En concreto, han sido registradas con las denominaciones "AGRO", "ROYAL" o "SPAIN",variedades vegetales de las siguientes especies: calabaza, calabaza moscada, maíz, trigo, tomate, popotillo gigante, colza, cebolla, algodón, pepino, lino, sandia, medinilla, ciruelo, bouvardia, nabosilvestre, níspero, frambuesa, flor de incienso, vid, papaya, lirio de agua, peral, campanilla, cáñamo, orquídea, manzano, sanícula, heuchera, azalea, sauce, olivo, lavanda, girasol, tuya, frijol, melocotonero, albaricoque, tulipanes. La presente solicitud de registro de marca, al reivindicar productos de la clase 31 "Productos agrícolas, acuícolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar", se refiere a variedades vegetales de esas especies o estrechamente conexas.Esta prohibición podrá subsanarse excluyendo de la lista de productos los relativos a las especies vegetales anteriormente señaladas. Para ello puede añadirse a la lista de productos de la clase 31 lo siguiente: "Se excluye calabaza, calabaza moscada, maíz, trigo, tomate, popotillo gigante, colza, cebolla, algodón, pepino, lino, sandia, medinilla, ciruelo, bouvardia, nabo silvestre, níspero, frambuesa, flor de incienso, vid, papaya, lirio de agua, peral, campanilla, cáñamo, orquídea, manzano, sanícula, heuchera, azalea, sauce, olivo, lavanda, girasol, tuya, frijol, melocotonero, albaricoque, tulipanes"
Identificado de publicación: 9040114
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4281485
Fecha de resolución: 19/02/2026
Clases: 31