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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo adif trackview.


Solicitud de marca suspendida

adif trackview

Expediente:  M-4345492

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9003986

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4345492

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  04/02/2026

Irregularidades:  La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2 001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: CLASE 35:-"servi cios de gestión, recopilación, sistematización y análisis de datos para terceros en el ámbito de la infraestructura y el transporte" es impreciso. Puede redefinirlo como "servicios de gestión, recopil ación, sistematización y análisis de datos empresariales y de mercado para terceros en el ámbito de la infraestructura y el transporte".CLASE 42:-"servicios de explotación de datos tecnológico s relativos a la infraestructura ferroviaria" es impreciso. Podría quedar definido como "Servicios d e ingeniería relacionados con la tecnología de tratamiento de datos, en concreto explotación de dato s tecnológicos relativos a la infraestructura ferroviaria".Apórtese un nuevo listado consignán dolos correctamente. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento). Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios:https://c onsultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la fa lta de pago, se tendrá por desistida la solicitud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubies e abonado la totalidad de la tasa.Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma sol o se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir l a solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 11/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9003986 

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