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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 01 de septiembre del 2025 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo Açai House, bajo la titularidad de MIKEL PERALES SL.


Solicitud de marca suspendida

Açai House

Expediente:  N-0486415

Tipo Marca:  Denominativa

Tipo Modalidad:  Nombre Comercial

Titular:  MIKEL PERALES SL

Identificado de publicación:  8720967

Modalidad del signo distintivo:  N

Número de solicitud:  0486415

Otra información:  Y OTROS

Fecha de resolución:  25/08/2025

Irregularidades:  1.-Examinada la instancia de solicitud se constata que en la identificación de los datos del solicit ante figura como tal una persona jurídica. Sin embargo, en la casilla reservada al apartado "NOMBRE" se ha consignado nombre y apellidos de una persona física. Si dicha persona física, es el represent ante legal de la persona jurídica no debe de figurar como solicitante. En caso de que esta persona f ísica fuera cotitular junto a la persona jurídica, deberá identificarse correctamente en el apartado de "Añadir solicitante", rellenando los apellidos y nombre en las casillas correspondientes. 2.-La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 1 7/2001 de Marcas y art.3 de su Reglamento) En concreto: " "Açai " es impreciso y debe ajustarse a las posiciones de la Clasificación Internacional de Niza o eliminarlo de la lista de productos y ser vicios.Puede quedar definido y clasificado como: "bayas de açai frescas" y pertenece a la clas e 31, o "sorbetes de açai [helados]" y pertenece a la clase 30Por cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17).Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elaborar su lista de productos y servicios: https://con sultas2.oepm.es/clinmar/inicio.action Si no se subsanasen en plazo los defectos se ñalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afect ados (art. 9.6 del Reglamento).-Se recuerda que como contestación a este suspenso de forma sol o se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir l a solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 01/09/2025 Tomo: 1 Anuncio:8720967 

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