Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de febrero del 2025 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo 975 la cerveza artesana de Soria.
Expediente: N-0470035
Tipo Marca: Denominativa
Tipo Modalidad: Nombre Comercial
Identificado de publicación: 8321694
Modalidad del signo distintivo: N
Número de solicitud: 0470035
Fecha de resolución: 04/02/2025
Clases: 32
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS 01) El nombre comercial solicitado se halla incurso en la prohibición del art. 5.1.g) en relación con el art. 88.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre). De la aplicación conjunta de ambos artículos se deriva que no podrán registrarse como nombre comercial los signos que puedan inducir al público a error, por ejemplo, sobre la naturaleza, la calidad o el origen geográfico de los productos o servicios a los que se refieren las actividades para las que se solicite.En concreto, el signo solicitado puede inducir al público a error sobre la naturaleza y el origen geográfico de los productos que pretende proteger, toda vez que incluye en la denominación los términos "artesana" y"de Soria" y solicita el título de la clase 32 (Cervezas; bebidas sin alcohol; aguas minerales y carbonatadas; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas sin alcohol).Esta prohibición podrá subsanarse, limitando los productos de la Clase 32 a "cervezas elaboradas artesanalmente procedentes de Soria". 02) POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. g) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre