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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 26 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo 50i, bajo la titularidad de 50 INGENIEROS CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SL.


Solicitud de marca suspendida

50i

Expediente:  M-4349899

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  9041923

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4349899

Fecha de resolución:  19/02/2026

Irregularidades:  Debe cumplimentar la casilla "DENOMINACIÓN" transcribiendo SOLO los elementos denominativos o alfanu méricos que aparecen en el distintivo. En el distintivo se observa la denominación "50i".El sign o aportado incluye elementos que son susceptibles de varios registros separados. Debe especificar de forma clara y precisa el signo que desea solicitar, presentando un nuevo distintivo que consista en un único conjunto.La lista de productos y servicios adolece de falta de claridad y precisión (a rt. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Reglamento). En concreto: relativo a la clase 37:"servicios de instalación y reparación; servicios de instalación y repara ción", debe eliminar la duplicidad. Todos los productos y/o servicios deben quedar debidamente defin idos, no es admisible la generalidad."Obra civil, se considera impreciso. Podría quedar definido como: "CONSTRUCCIÓN DE OBRAS DE INGENIERÍA CIVIL". Debe ajustar todos los servicios a la clasificac ión de Niza."residencial", se considera impreciso. Podría quedar definido como: "CONSTRUCCIÓN RE SIDENCIAL". "reformas", se considera impreciso. Podría quedar definido como: "SERVICIOS DE REFOR MAS DE CONSTRUCCIÓN".Todos los servicios deben quedar definidos entre sí a través de (;)Apór tese un nuevo listado consignándolos correctamente. Puede consultar la herramienta CLINMAR para elab orar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPor c ada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se realizan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solicitu d respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recuerd a que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señ alados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 26/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:9041923 

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