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Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 02 de febrero del 2026 del anuncio de solicitud de marca suspendida del disintivo 24/7 open gym body on!.


Solicitud de marca suspendida

24/7 open gym body on!

Expediente:  M-4343764

Tipo Modalidad:  Marca

Identificado de publicación:  8986061

Modalidad del signo distintivo:  M

Número de solicitud:  4343764

Fecha de resolución:  26/01/2026

Irregularidades:  El apartado "DESCRIPCIÓN ESCRITA DE LA MARCA" debe limitarse exclusivamente a definir las caracterís ticas del distintivo, no debiéndose incluir otros comentarios (art. 2.2 del Reglamento de Ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). Este apartado es de cumplimentación facultativa, p or lo que puede eliminar estas indicaciones.La lista de productos y servicios adolece de falta d e claridad y precisión (art. 12.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas y art.3.3 de su Re glamento). En concreto: Clase 35:-"Servicios de venta, comercio minorista y mayorista (inclu so online) " es impreciso. Debe quedar definido como "venta al por mayor y al por menor en comercio y en línea de..." indicando a continuación los productos a vender.Clase 41:- "Planes de diet a" debe quedar definido como "Planificación y supervisión en materia de dietas alimenticias".- " Coaching de salud" debe quedar definido como "Coaching (formación) en materia de salud" y pertenece a la CLASE 41.Apórtese un nuevo listado consignándolos correctamente. Si no se subsanasen en p lazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud únicamente respecto a los productos y/o servicios afectados (art. 9.6 del Reglamento).Puede consultar la herramienta CLINMAR para e laborar su lista de productos y servicios:https://consultas2.oepm.es/clinmar/inicio.actionPo r cada nueva clase resultante deberá abonar 82,84 euros (tasa ME17) si el trámite y el pago se reali zan electrónicamente. Si no se subsanase en plazo la falta de pago, se tendrá por desistida la solic itud respecto a la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la totalidad de la tasa.Se recu erda que como contestación a este suspenso de forma solo se podrá modificar subsanando los defectos señalados en el suspenso, retirar, limitar, o dividir la solicitud, según establece el artículo 9.2 del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas

Boletín Oficial de la Propiedad Industrial 
Fecha inscripción: 02/02/2026 Tomo: 1 Anuncio:8986061 

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