Publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial del día 11 de octubre del 2021 del anuncio de suspenso de fondo de marca del disintivo 100%ALMERIA.
Expediente: M-4103758
Tipo Modalidad: Marca
Identificado de publicación: 6395830
Modalidad del signo distintivo: M
Número de solicitud: 4103758
Fecha de resolución: 04/10/2021
Clases: 29
Motivos: DEFECTOS O MOTIVOS
Motivos: 01) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que el signo consiste en unos vocablos que la generalidad del público no identificará como signo, y componerse de términos que no permiten identificar un concreto origen empresarial, sin incorporar elementos adicionales quelo doten de singularidad suficiente para acceder al registro
Motivos: 02) La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del artículo 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre el origen de los productos ofertados, toda vez que en su denominación contiene el término "Almería".Podrá subsanar dicha prohibición limitando la lista de productos como sigue: Clase 29: Jaleas, mermeladas, compotas, frutas y verduras para untar; todos ellos procedentes de Almería